A tal efecto, vista la anterior solicitud y sus anexos, presentada por la ciudadana ANNES KATHERINE CARREÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 9.906.077, debidamente asistida por la DRA. SIMARA BERMUDEZ, abogada en ejercicio de este domicilio e inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nº 139.587, y de conformidad con lo previsto en el Artículo 2 de la Resolución Nº 2018-0013, de fecha 24-10-2018, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial Nº 41.620, de fecha 25-04-2019, este tribunal, por cuanto la misma no es contraria al orden público, las buenas costumbres o alguna disposición expresa de ley, ADMITE la presente solicitud y en consecuencia con las declaraciones de los testigos que oportunamente presente la parte solicitante, las cuales se fijan para el día 21/07/2022 a las 9:30 a.m., el Tribunal proveerá lo conducente sobre el decreto de TITULO SUPLETORIO. Una vez cumplida la misma, devuélvase en forma original c.....