D I S P O S I T I V A
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: COMPETENTE para conocer de las actuaciones procesales seguida en contra del ciudadano LUGO VILLA ARIEL, de nacionalidad Colombiana, mayor de edad, soltero, de oficio Latonero, portador de la cedula de identidad N 82.007.077, causa seguida en su contra por su presunta incursión en la comisión del ilícito de ACTOS LASCIVOS, delito previsto y sancionado en los articulo 377 único aparte en relación con el articulo 375 del Código Penal vigente para el momento de ocurridos los hechos , al Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar Extensión Territorial Puerto Ordaz
Publíquese, notifíquese, regístrese
Dada, firmada y sellada en la Sede de la Corte de Apelaciones del Estado Bolí.....