Vista la transacción suscrita por el ciudadano JOSE ABDON ROSALES RAMOS, debidamente asistido por la abogada MARIA ESTHER MORALES, inscrita en el I.P.S.A., bajo el número 68.639, por una parte, y por la otra, el ciudadano RODOLFO E. DELFS A., inscrito en el I.P.S.A., bajo el número 48.914, en su condición de apoderado judicial del ciudadano JOSE GREGORIO ESCALONA COLMENARES, en el presente juicio de RESOLUCION DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO, intentado por el ciudadano JOSE GREGORIO ESCALONA COLMENARES, contra el ciudadano JOSE ABDON ROSALES RAMOS,, éste Tribunal habida consideración que ciertamente las partes en litigio mediante un contrato bilateral asume la demandada el pago de las prestaciones reclamadas por el accionante bajo una modalidad diferente (en cuanto al tiempo) a la descrita en el libelo de la demanda, y en cuanto a la propia naturaleza de la acción propuesta (Resolutoria), vinculación obligacional esta aceptada por el actor, y siendo que dichos parámetros no.....