Este juzgado, en aras de evitar mayores gastos onerosos, ordena al Lic. Luis Valor, experto contable, que corrija las omisiones indicadas en los folios 75, 163 y 175 de los autos insertos en la primera pieza del expediente e igualmente, que verifique los estados de cuenta de fideicomiso que rielan en los folios del 490 al 500 del mismo.
Se advierte al ciudadano experto contable, que estas correcciones no deben generar costos de honorarios profesionales, por la razón expuesta y a tal fin se le concede un plazo de tres (03) días hábiles para que consigne el nuevo informe corregido. Así se decide.