Este Tribunal Unipersonal Tercero de Juicio, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 13, 22, 365 y 366 del Código Orgánico Procesal Penal, PRIMERO: CONDENA al Ciudadano DEIVIS GABRIEL FIERRO GUILLEN, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad N° 20.080.439, residenciado en el Callejón Guayana, casa N° 07, la Sabanita, Ciudad Bolívar, por la comisión del delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal a cumplir la pena de TRES (03) años de prisión.