éste Tribunal, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO, en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos: LUIS ESTEBAN MORILLO LOPEZ y AMELIA RAMONA COLMENARES BALLESTERO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-4.066.271 y V-7.382.070, de este domicilio respectivamente, por ante este Tribunal, en fecha 01 de Diciembre de 1.975, acta No. 7, del Libro de Registro de matrimonios, llevado en dicho Despacho durante el año 1.977.