DISPOSITIVA
En base a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, procediendo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y conforme a los artículos 26, 49 ordinal 1ro, 253 y 257 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, los artículos 12,15, 242, 243 y 777 del Código de Procedimiento Civil, y los artículos 156, 164, 759 y 760 del Código Civil, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de partición y liquidación del inmueble formado por una parcela de terreno distinguida con el Nº 236-09-27 y la casa edificada sobre la misma, ubicado dicho inmueble en la Unidad de Desarrollo 236, Urbanización Villa Asia de Ciudad Guayana, Sector Puerto Ordaz, Municipio Autónomo Caroní del Estado Bolívar, debidamente registrado por ante el Registro Principal del Estado Bolívar, quedando insertado bajo el Nº 09, Prot.....