Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR, el Recurso de Apelación intentado por la abogada YRIS MEDINA GONZALEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°: V-7.349.818, inscrita en el IPSA bajo el N° 38.096. ASI SE DECIDE. SEGUNDO: Sin Lugar la Acción posesoria Agraria por Despojo intentada por la ciudadana YRIS MEDINA GONZALEZ, en contra del ciudadano WILLIAM ALBERTO MEDINA PEREZ. ASI SE DECIDE. TERCERO: Se condena en costas a la parte demandante, conforme a lo establecido en nuestro ordenamiento Jurídico. ASI SE DECIDE.
Notifíquese a las partes de conformidad con el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISIÓN.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Tercero Ag.....