Hoy 16 de octubre del 2008, siendo las 9:00 AM, día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, es anunciada la misma por el Alguacil Javier Torrealba; quien señala que la parte actora ciudadano JOSE MIGUEL ESPINOZA, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 11.897.432, no compareció; ni por si ni por medio de representante legal. Por la demandada comparece su apoderado FRANCISCO LLAMOZAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 102.285; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DESISTIDO el procedimiento y terminado el proceso. Publíquese y Regístrese la presente Decisión. Años 198° Y 149°.