ESTE TRIBUNAL MILITAR PRIMERO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE CARACAS, DECLARÓ: PRIMERO: En cuanto al cómputo del cumplimiento de la pena impuesta tenemos, que el penado URBINA REQUENA ABEL DAVID, titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.464.326, fue detenido judicialmente el 16 de noviembre de 2012, lo que significa que, ha cumplido hasta la fecha de Ejecución de la presente Sentencia, ONCE (11) MESES de la pena impuesta de CUATRO (04) AÑOS Y DOS (02) MESES DE PRISION, lo que indica que le falta por cumplir, TRES (03) AÑOS Y TRES (03) MESES DE PRISIÓN, del total de la pena que le fuera impuesta por el Tribunal Militar Segundo de Control, esto es, hasta el día 16 de enero del 2017, fecha en que finaliza la pena. SEGUNDO: En lo que respecta a las fechas en que le nace cada uno de los Beneficios de ley, tenemos que: 1.-) LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, le nace a partir del momento de la Ejecución de la referida sentencia, es decir, hoy 16 de septiembre de 2013.....