Se dictó SENTENCIA INTERLOCUITORIA mediante la cual se declaró SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la abogada Marlen Arias, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, contra el auto de fecha 10 de marzo de 2016, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en el juicio por indemnización de daños y perjuicios ocasionados a un inmueble, intentado por la ciudadana Andreina America Isea Cordero, contra los ciudadanos Felipe Aldana Aldana y Jenifer Bravo de Aldana. Se condenó en costas a la parte apelante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil. Quedó CONFIRMADO el auto dictado en fecha 10 de marzo de 2016, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara.