DISPOSITIVA
Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR, la apelación interpuesta por el ciudadano CESAR AUGUSTO VASQUEZ APONTE, titular de la Cédula de identidad N°13.339.873 a través de su apoderado judicial, abogado ORLANDO ANTONIO BARRIENTOS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 90.193, contra la sentencia dictada en fecha 17 de Mayo de 2016, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, ratificándose en consecuencia la misma.
SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda de declaración de unión estable de hecho, incoada por el ciudadano: César Augusto Vásquez Aponte contra la ciudadana Belkis Loreta Ranalletta Castañeda, ambos identificados.....