La representación de la parte demandada CHINA RAILWAY NO. 10 ENGINEERING GROUP CO. LTD y de manera solidaria C.V.G FERROMINERA ORINOCO expone: PRIMERO: LOS DEMANDANTES, demandaron a la "EMPRESA", reclamando en su conjunto el pago DOS MILLONES QUINIENTOS TRECE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS BOLÍVARES CON OCHO CÉNTIMOS (Bs. 2.513.856,8), por conceptos estipulados en la Ley Orgánica del Trabajo para los Trabajadores y las Trabajadoras, la Convención Colectiva de la Construcción y la Convención Colectiva de Trabajo "SINDICATO PROFESIONAL DE OPERADORES MECANICOS MAQUINARIAS PESADAS MOVILES Y CONEXOS DEL ESTADO BOLIVAR (S.O.M.P.E.B.) 2013-2015. Segundo: Por su parte, la Empresa CREG No. 10 Sucursal Venezuela, analizados los argumentos de la pretensión contenidos en la demanda expuestos precedentemente, a los únicos fines de esta Transacción: Hechos Negados y rechazados