este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE la reconvención con motivo de INDEMNIZACION POR DAÑOS MORALES derivados de un ABUSO DE DERECHO, interpuesta por el abogado ELIEZER ALEXANDER MUJICA RIOS, inscrito en el Inpreabogado con el No. 131.402, actuando en su condición de apoderado judicial de la firma mercantil LOI SECHE C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero del estado Lara, bajo el No. 13, Tomo 21 de fecha 03/04/2013 y de los ciudadanos RAUL TORRES Lara y LUIS MIGUEL CALLEJAS, titulares de las cedulas de identidad No. V-16.794.328 y V-11.593.493, respectivamente.-