Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se declaró la FALTA DE COMPETENCIA POR LA MATERIA, de esta alzada para conocer del presente recurso de hecho formulado contra el auto dictado en fecha 29 de junio de 2011, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en el procedimiento de amparo constitucional seguido por la ciudadana María Clementina Giménez, en representación de la Fundación Museo Barquisimeto, contra los ciudadanos Juan Francisco Gómez, Jesús Ángel Muchacho Salón, Edith Martiza Torrealba, Rosalinda del Valle Rivera de Rodríguez, Ana Teresa González y Anarelys Rivero Guillen, y se DECLINO LA COMPETENCIA en el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto. estado Lara, al que se ordenó remitir la presente causa, una vez se encuentre firme la presente decisión.