DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto por la ABG. NINFA HERNANDEZ, en su condición de Defensora Publica Decima sexta Penal del Estado Lara, de los ciudadanos CARLOS EDUARDO CAMBERO ALVAREZ Y MAIKEL ALBERTO LOPEZ, contra la decisión dictada en audiencia de fecha 30 de Marzo del 2016 y fundamentada 30 de Marzo de 2016, por parte del Tribunal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, mediante el cual decreto MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL DE LIBERTAD, los ciudadanos CARLOS EDUARDO CAMBERO ALVAREZ, titular de la cedula de identidad Nº v-24363.259, Y MAIKEL ALBERTO LOPEZ, titular de la cedula de identidad Nº v-30.233.168, por la presunta comisión del delito de ASALTO A UNIDAD DE TRANSP.....