Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, declarando SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 02 de febrero de 2004, por el abogado Esteban Guart Durán, en su condición de apoderado judicial de los ciudadanos Magdalena Garcés, Gabriel Marchese y Mayerling Luna Pérez, contra el auto dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Lara, de fecha 29 de enero de 2004, con ocasión a la intimación de honorarios intentada por los mencionados ciudadanos en su condición de expertos, en el juicio de Cumplimiento de Contrato, intentado por Distribuidora Dolos C.A, contra Universitas de Seguros C.A. Quedó CONFIRMADO el auto dictado en fecha 29 de enero de 2004, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara. Se condenó en costas a la parte apelante, de conformidad con lo establecido en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.