DECISION:
Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos este Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, administrando justicia, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley decide:
PRIMERO: SE DECRETA MEDIDA CAUTELAR DE PROTECCIÓN A LA ACTIVIDAD AGRARIA, desarrollada por la ciudadana: MADGIEL COROMOTO PEÑA FERNANDEZ , venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No: 9.624.266 , sobre los siguientes cultivos: cuarenta y cinco (45) matas de limón, doce (12) plantas de aguacate sembradas y seis (6) en semilleros; ciento veinte (120) plantas de cítricos en viveros, semillero de ají dulce, nueve (9) plantas ornamentales como palmeras; trescientas (300) plantas de limoncillo; Un (1) tanque de almacenamiento de agua para el riego, de aproximadamente 50.000 litros, constituidos en un fundo denominado "Sierra Morena", ubicado específicament.....