de conformidad con los artículos 471 numeral 1, 474 y 497 del Código Orgánico Procesal Penal en concordada relación con el artículo 155 del Código Orgánico Penitenciario publicado en Gaceta Oficial Extraordinaria 6.207 de fecha 28 de diciembre de 2015. Decreta: PRIMERO: OTORGAR EL BENEFICIO DE REDENCIÓN JUDICIAL POR EL TRABAJO Y EL ESTUDIO al penado de autos SARGENTO SEGUNDO CHARLIS PATRICIO YANEZ YANEZ, titular de la cedula de identidad C.I N° V.- 19.886.915, quien se encontraba purgando pena privado de libertad en el Centro Nacional de Procesados Militares (CENAPROMIL) Ramo Verde, a quien en fecha 06 de diciembre de 2017 se le otorgó el beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena por Pena, quedando en libertad bajo régimen de prueba constante de presentaciones periódica por ante este Tribunal Militar, sin embargo, en fecha 15 de enero de 2018 se recibió la solicitud de Redenciones del Centro de Reclusión, beneficio con el cual se le concede la Libertad Plena, vale .....