-IV-
DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, con los artículos 733 al 739 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con los artículos 396, 397 y 398 del Código Civil, DECLARA la INTERDICCION DEFINITIVA de la ciudadana MARIA LUCIA ESCALONA LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-3.860.675 y en consecuencia de lo anterior, se designa como Tutora Definitivo de la ciudadana MARIA LUCIA ESCALONA LOPEZ, ya identificada, a la ciudadana SUHGEIDY ESCALONA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-14.879.529, quien para poder comenzar a ejercer las funciones inherentes a su cargo deberá cumplir con las formalidades y condiciones previas en la ley, para que sea librado el discernimiento respectivo,.....