Con fundamento en los razonamientos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por la Autoridad que la Ley le confiere, resuelve:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el Recurso de Revisión interpuesto por la Abg. Yelena Martínez, en su condición de Defensora Pública Penal del ciudadano Manuel Alirio Rodríguez Castillo.
SEGUNDO: Queda incólume la Decisión apelada.
TERCERO: Remítanse las presentes actuaciones al Tribunal de Primera Instancia que conoce del presente asunto.