En virtud de lo anterior y transcurrido el lapso de Ley, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de Ley, declara: la CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS convenida en la solicitud, presentada por los ciudadanos FRANCISCO EDUARDO YEGRE SUAREZ y RAQUEL NATALY ZURITA ZERPA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.539.069 y V-8.888.429, respectivamente, debidamente asistido por la ciudadana MILDRED ZURITA, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 125.621, y en consecuencia, QUEDA DISUELTO el vinculo conyugal que los mantenía unidos contraído en fecha Veinticuatro (24) de Mayo de 2013, por ante el Registro Civil, San Félix, del Municipio Autónomo Caroní del Estado Bolívar, según consta de la copia certificada d.....