Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil. Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: La PRESUNCIÓN DE AUSENCIA de la ciudadana MARIA PASCUALA VISCAYA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 1.241.090 y de este domicilio, cuyo último domicilio estaba establecido en Pueblo Nuevo, carrera 6 esquina de calle 8 A-8 en esta ciudad de Barquisimeto del Estado Lara. SEGUNDO: Se designa al ciudadano LUIS MIGUEL VALLE VISCAYA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 5.567.352 y de este domicilio, representante de la presunta ausente, ciudadana MARIA PASCUALA VISCAYA, antes identificada, para que conforme a lo establecido en el artículo 419 del Código Civil, represente a la ausente en juicio, en la formación de inventarios o cuentas, o en las liquidaciones y particiones en que la ausente te.....