Se DECLARA SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado ABELARDO DE JESÚS ALARCÓN UZCATEGUI, inscrito en el I.P.S.A. bajo el No. 74.508, actuando en su condición de apoderado judicial de la parte actora ciudadano ESTEFANO RENZO ALVARADO, titular de la cédula de identidad No. 10.058.868, en contra de la sentencia de fecha 19 de Febrero de 2010, dictada por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, quedando RATIFICADA la misma.
No hay condenatoria en costas por no ser procedente conforme al artículo 283 del Código de Procedimiento Civil. Déjese copia certificada de la referida sentencia de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.