Este Tribunal Cuarto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA REDENCIÓN DE LA PENA POR EL TRABAJO Y EL ESTUDIO, solicitada por el penado, JUAN FRANCISO MARTÍNEZ, C.I. Nº 13032269. Por el lapso de  ONCE  (11) MESES,  Y VEINTIOCHO  (28) DIAS    de la pena que le fue impuesta. Todo de conformidad con los artículos 3º,  5º letra "b" y 6° de la Ley de Redención de la Pena por el Trabajo y el Estudio.