Este Tribunal Cuarto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA REDENCIÓN DE LA PENA POR EL TRABAJO Y EL ESTUDIO, solicitada por el penado, JUAN FRANCISO MARTÍNEZ, C.I. Nº 13032269. Por el lapso de ONCE (11) MESES, Y VEINTIOCHO (28) DIAS de la pena que le fue impuesta. Todo de conformidad con los artículos 3º, 5º letra "b" y 6° de la Ley de Redención de la Pena por el Trabajo y el Estudio.