En virtud de las consideraciones expuestas previamente, este JUZGADO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADO la transacción celebrada entre los abogados ANGEL LEONARDO ALVAREZ OLIVEROS, venezolano, mayor de edad, inscrito en inpreabogado bajo el Nº 81.212 y de este domicilio, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada COMPAÑÏA BRAHMA VENEZUELA S.A, inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 09 de diciembre de 1955, bajo el N° 12, tomo 23-A, cuya ultima reforma estatutaria consta de asiento inscrito en la Oficina de Registro Mercantil antes citada, bajo el N° 44, tomo 145-A-Pro en fecha 10 de junio de 1.997, antes denominada C.A CERVECERA NACIONAL y los ciudadanos JOSE MARTIN LABRADOR y LORAINE MENDOZA, venezolanos, mayores de edad, inscri.....