Decisiones del dia 13/06/2013
N° Expediente :
KP02-N-2011-953-
N° Sentencia :
Fecha: 13/06/2013
Procedimiento: Nulidad De Acto Administrativo
Partes: PEDRO JAVIER VARGAS GALLARDO VS PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº 188/10 EMANADA DE DIRECCION ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES LARA, TRUJILLO Y YARACUY, DEPENDIENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), DE FECHA 16 DE JUNIO DE 2010.
Resumen:
En virtud de las consideraciones expuestas previamente, este JUZGADO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO EL RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD, incoado por el ciudadano PEDRO JAVIER VARGAS GALLARDO, venezolano, mayor de edad titular de la cedula de identidad N° V-14.639.285, a través de su apoderada judicial ciudadana BEATRIZ DE BENITEZ, Abogada, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 30.898, contra la Providencia Administrativa Nº 188/10, de fecha 16 de junio de 2010, emanada de la DIRECCION ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES LARA, TRUJILLO Y YARACUY, dependiente del INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCION, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), que declaró la Certificación de Accidente de Trabajo, de conformidad con lo establecido en el artículo 81 de la Ley Orgánica de la .....
Juez/Ponente:
Monica Quintero
Organo:
Juzgado Superior Primero del Trabajo
N° Expediente :
KP02-V-2009-000462
N° Sentencia :
000714-2013
Fecha: 13/06/2013
Procedimiento: Obligación De Manutención
Partes: SANDRA JOSEFINA FERRER PRIETO, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº V-10.841.471 Y DE ESTE DOMICILIO. Y NABOR JOSE ANGULO MARQUEZ, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº V-7.465.902 Y DE ESTE DOMICILIO.
Resumen:
Ante la concurrencia de los supuestos legales que señala la norma consagrada en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, la cual establece: "Toda instancia se extingue por el transcurso de más de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes...", en concordancia con lo establecido en el artículo 268 del mismo Código Procesal, que señala; "La Perención procede contra la Nación, los Estados y las Municipalidades, los establecimientos públicos, los menores y cualquier otra persona que no tenga libre administración de sus bienes, salvo el recurso contra sus representantes."
Asimismo tomando en consideración la aplicación de la sentencia Nº 956, del expediente 00-1491, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 01 de junio de 2001, con ponencia del Magistrado Jesús Eduardo Cabrera Romero, la cual argumenta lo siguiente:
"...También quiere asentar la Sala, que la perención es fatal y corre sin importar quiénes son las .....
Juez/Ponente:
Gloria del Carmen Rodríguez Olivar
Organo:
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución
N° Expediente :
kp02-v-2012-2453
N° Sentencia :
1971
Fecha: 13/06/2013
Procedimiento: Reconocimiento De Documento Y Firma
Partes: PARTE DEMANDANTE: CARLOS ENRIQUE REYES, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, SOLTERO, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NRO. V-16.139.113 Y DE ESTE DOMICILIO.- PARTE DEMANDADA: PABLO JOSÉ MENDOZA OROPEZA, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº 3.413.770.-
Resumen:
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas este JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
ÚNICO: LA PERENCIÓN BREVE DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el Artículo 267, Numeral 1°, en concordancia con lo establecido en el Artículo 269 ambos del Código de Procedimiento Civil, con la consecuencia establecida en el Artículo 271 ejusdem, es decir, que no podrá darse de nuevo la demanda antes de que transcurran Noventa (90) días continuos después de verificada la perención.
Désele salida. La presente Sentencia quedara Definitivamente Firme, una vez conste en autos la notificación de las partes.
Publíquese, regístrese, incluso en la página web de este Despacho. Dada, firmada, sellada en la sala del Despacho del Juzgado Segundo del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en e.....
Juez/Ponente:
Delia Josefina Gonzalez
Organo:
Juzgado Segundo del Municipio Iribarren