IV
DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, de conformidad con los artículos 157 del Código Orgánico Procesal Penal y 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el recurso de apelación contra sentencia definitiva, incoado por la ciudadana Abogada OMAIRA CALDERON SALAZAR, en su condición de Fiscal Décimo Cuarta del Ministerio Público, con fundamento en el artículo 444 numeral 2º y 445 del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa seguida contra de la ciudadana DAMILUZ ALEXANDRA MEDINA JOHN, a quien se le sigue causa por la presunta comisión del delito de DISTRIBUCION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTE Y PSICOTROPICAS AGRAVADA, previsto y sancionado en el articulo 151 de la Ley Orgánica de Droga. SEGUNDO: Se ANULA, de conformidad con los.....