DECLARA PROCEDENTE LA REDENCIÓN DE LA PENA POR EL TRABAJO al penado OMAR JOSE BENCOMO OROZCO, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.248.772, y se le computa el lapso de UN (01) AÑO, DOS (02) MESES y TRECE (13) DIAS, a la pena impuesta. Actualícese el cómputo de la pena. Remítase copia de la presente decisión al Director del Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental Uribana, Estado Lara, al Centro de Residencia Supervisada, "Dra. Nilda Lucrecia Hernández", al Ministerio Público, a la Defensa y al penado. Notifíquese. Regístrese. Publíquese. Cúmplase.-