DECISIÒN
Con fundamento a lo precedentemente expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: parcialmente con lugar, la solicitud presentada por la ciudadana Arelys Georgina Ocanto Sierra, en representación de sus hijos los niños Aracelis Antonieta y Rafael Enrique, contra el ciudadano Omar Antonio Marchan. En consecuencia, se fija la pensión de alimentos en el 20% sobre el salario que percibe el obligado en la Alcaldía del Municipio Torres del estado Lara, quedando fijada en la cantidad de cuarenta y nueve mil cuatrocientos veinte bolívares con ocho céntimos (Bs. 49.420,08) mensuales, a razòn de veinticuatro mil setecientos diez bolívares con cuatro céntimos (Bs. 24.710,04) quincenales, el cual se incrementara anualmente de acuerdo al salario mínimo actual, además del 50% de los gastos de médico, medici.....