Hoy 13 de ENERO del 2010, siendo las 10:30 AM, día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, es anunciada la misma por el Jesús Yépez; quien señala que la parte actora ciudadano ELOY ANTONIO MALVACIAS GALINDEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 7.323.266, no compareció, ni por si ni por medio de representante legal alguno. Por la demandada Sociedad Mercantil ALVALU C.A, comparece su apoderado abogado ANTONIO MARCANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 28.38. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DESISTIDO el procedimiento y terminado el proceso. Publíquese y Regístrese la presente Decisión. Años 200° Y 151°.