REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

ACTA INSTALACION AUDIENCIA PRELIMINAR
(DESISTIDA)

ASUNTO Nº KP02-L-2010-1342

PARTE ACTORA: ELOY ANTONIO MALVACIAS GALINDEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 7.323.266

ABOGADO DE LA PARTE ACTORA: GARCIA FREITEZ PASTOR NOEL, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 20.018

PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil ALVALU C.A

ABOGADO DE LA PARTE DEMANDADA: ANTONIO MARCANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 28.386

MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

Hoy 13 de ENERO del 2010, siendo las 10:30 AM, día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, es anunciada la misma por el Jesús Yépez; quien señala que la parte actora ciudadano ELOY ANTONIO MALVACIAS GALINDEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 7.323.266, no compareció, ni por si ni por medio de representante legal alguno. Por la demandada Sociedad Mercantil ALVALU C.A, comparece su apoderado abogado ANTONIO MARCANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 28.38. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DESISTIDO el procedimiento y terminado el proceso. Publíquese y Regístrese la presente Decisión. Años 200° Y 151°.

LA JUEZ,

Abg. EUGENIA MARIA ESPINOZA PIÑANGO
EL DEMANDADO,
EL SECRETARIO

ABOG MANUEL GARCIA