DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: Sin Lugar el Recurso de Apelación de Auto bajo la Modalidad de Efecto Suspensivo, ejercido por la ABG. JAIGLED JAIME, Fiscal de Flagrancia del Ministerio Público con Sede en Puerto Ordaz, en contra de la decisión dictada por el Tribunal 4º de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Penal Del Estado Bolívar, Sede Puerto Ordaz, en fecha 04 de Agosto de 2016, y debidamente fundamentada en fecha 05 de Agosto de 2016, mediante la cual el Juez A Quo, decreta a los ciudadanos: INFANTE JUAN GABRIEL Y AGUINAGALDE JOSÉ, una Medida Cautelar Sustitutiva De La Privativa De Libertad, de conformidad con el articulo 242 ordinales 3º, 8º y 9º del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en presentaciones cada quince (15) días ante la oficina de alguacila.....