Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, es por lo que este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de acuerdo a lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil así como las disposiciones del código civil vigente, DECLARA "ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS" del fallecido ciudadano DOUGLAS ADOLFO NUÑEZ ASTUDILLO, quien era venezolano, mayor de edad, viudo, titular de la cédula de identidad Nro. V- 5.694.755, falleció el día 19/08/2.020, en la Urbanización Inés Romero, Manzana 30, Casa 995, Parroquia Vista Al Sol, San Félix, Municipio Caroní del Estado Bolívar a consecuencia de METASTASIS MULTIPLES CANCER EPIDERMOISE DE LARINGE TABAQUISMO CRONICO, según acta de def.....