DISPOSITIVA
Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la Autoridad que la Ley le confiere, Resuelve:
PRIMERO: Declara IMPROCEDENTE el Recurso de Apelación de Auto con EFECTO SUSPENSIVO interpuesto por la Abg. Maritza Mendoza, en su condición de Fiscal Provisorio de la Fiscalía Sexta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, contra la decisión dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control, de éste Circuito Judicial Penal, en Audiencia de Presentación celebrada en fecha 11 de Enero del 2016, mediante la cual acuerda la medida cautelar sustitutiva de libertad de conformidad con el artículo 242 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en presentaciones cada quince (15) días a favor de los ciudadanos ROSELIANO RAFAEL MENDOZA RODRIGUEZ y JOSBEL BELTRAN TORRES HERNANDEZ,.....