Se dicto sentencia definitiva en jiicio por divorcio fundado en el 185-A del Código Civil, incoado por los ciudadanos Juan Garcia Delepiani y Mary Garcia Sifontes, padres de: (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), Marucarmen y Jose Gregorio, la primera de quince años y los dos últimos mayores de edad, declarándo disuelto el vinculo conyugal que unia a la pareja. Se fijo lo relativo a crianza convivencia y manutencion de la hija menor de edad. Manifestaron que hubo bienes gananciales y que los traspasaran a nombre de sus hijos, en todo caso el tribunal ordena liquidar y dividir la comunidad confornme a la ley si la hubiese,.