CAPITULO Ill
DISPOSITIVA
En mérito de las consideraciones precedentes, el Juzgado Segundo de
Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito del
Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar Administrando
justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: de oficio CONSUMADA LA PERENCIÓN, y en consecuencia, EXTINGUIDO EL PROCESO, contentivo de la demanda por Acción Mero Declarativa de Unión estable de Hecho presentada por el ciudadano Pablo Gutiérrez Contreras, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.079.540 en contra de la ciudadana Amalia Felicidad Gómez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.521.434, de este domicilio.
SEGUNDO: Se ordena la notificación de la presente decisión a la parte actora, de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese boleta.
TERCERO: No hay condenatoria en co.....