Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución N° 4 del Circuito Judicial Penal del estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONCEDE LA FORMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA DE DESTACAMENTO DE TRABAJO, al penado REINALDO DOMINGO SANCHEZ FIGUEROA, titular de la cédula de identidad N° 15.170.522, ampliamente identificado en autos, por cuanto están llenos los extremos exigidos en los artículos siguientes: 272 Constitucional; 479 numeral 1 y 501 del Código Orgánico Procesal Penal; en concordancia con el artículo 66 de la Ley de Régimen Penitenciario; y cumpliendo las recomendaciones impuestas por este tribunal, el Destacamento de Trabajo lo deberá cumplir el penado en el Centro de Pernocta del Internado Judicial de Barquisimeto, estado Lara, para lo cual se ordena su traslado desde el Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental de manera INMEDIAT.....