En mérito a los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Militar Cuarto de Juicio con sede en San Cristóbal, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Condena, al ciudadano: Distinguido (GN) Carlos Leonard Montilla, plenamente identificado en autos, a cumplir la pena de Un (01) Año y Cinco (05) Meses de Prisión, más las penas accesorias contenidas en el artículo 407 numerales 1 y 2 del Código Orgánico de Justicia Militar, es decir, la inhabilitación política por el tiempo de la pena, y separación del servicio activo, por la comisión del delito de Lesiones Personales entre Militares, previsto y sancionado en el artículo 576 numeral 3 del Código Orgánico de Justicia Militar, en concordada relación con lo dispuesto en el artículo 415 del Código Penal Venezolano. En razón de que el acusado, se encuentra bajo medidas cautelares sustitutivas de la libertad y ha sido condenado a cumplir una.....