DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve: DECLARAR SIN LUGAR la recusación incoada por el Ciudadano GREGORIO ENRIQUE MELENDEZ ADAMS, en su condición de VICTIMA, contra la Juez de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 03 de este Circuito Penal del Estado Lara, Abg. Mariluz Castejón, en el asunto principal signado con el N° KP01-P-2008-009557, de conformidad con lo previsto en el artículo 89 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal.