DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto por los Defensores Privados ALIRIO ECHEVERRIA y FREDYS ALEXIS ESPINOZA RODRIGUEZ, actuando en tal carácter del ciudadano GONZALO DE JESUS GIL ARAUJO, titular de la cedula de identidad Nº.15.448.033, en contra la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 05 de éste Circuito Judicial Penal, en fecha 23 de Febrero de 2017 y fundamentada en fecha 03 de Abril de 2017, mediante la cual IMPONE UNA SENTENCIA contra del ciudadano GONZALO DE JESUS GIL ARAUJO, titular de la cedula de identidad Nº.15.448.033, a cumplir la pena de DIECISÉIS(16) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de HURTO AGRAVADO DE VEHICULO, previsto y Sancionado en el artículo 1,2 y 3 de.....