Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
1. CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado GILBERTO LEON ALVAREZ, inscrito en el I.P.S.A, bajo el No. 42.165., apoderado judicial de la parte demandante ciudadano VICTOR VALERIO COLMENAREZ GOMEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. V- 3.964.380, contra la sentencia dictada por dicho Tribunal, de fecha 28 de Septiembre de 2007, que declara: SIN LUGAR LA DEMANDA POR RESOLUCION DE CONTRATO intentada por GLADYS COROMOTO OLAVARRIETA BLANCO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. 4.2.165.
2. se condena al demandado, al pago de las siguientes cantidades:
a- De UN MILLON DE BOLIVARES (Bs. 1.000.000,00) que dejo de recibir po.....