Esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación Interpuesto por el Abogado Alexander Domingo Coronado González en su condición de Apoderado Judicial de la EMPRESA MAPFRE LA SEGURIDAD, C.A (antes denominada SEGUROS LA SEGURIDAD, C.A), contra la decisión dictada en fecha 24 de Marzo de 2008 por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 10 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual Decretó la Entrega en Calidad de Depósito del vehículo Clase: Camioneta, Marca: Jeep, Color: Negro, Tipo: Sport-Wagon, Uso: Particular, Modelo: Grand Cherokee, Placas: KBH-33T, Serial de Carrocería:8Y4GW58N151502980, Serial de Motor: 8 Cilindros; a su representado.-
SEGUNDO: Queda CONFIRMADA totalmente la decisión dictada por el Tribunal A quo.