DISPOSITIVA
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Séptimo en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ORDENA DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 331 DEL CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL, LA APERTURA DEL JUICIO ORAL Y PÚBLICO en la presente causa seguida en contra de la ciudadana MARIA ANTONIA ARANGUREN, titular de la cédula de identidad Nº V-6.573.705, fecha de nacimiento 13/06/61, 50 años de edad, oficios del hogar, domiciliada en la calle 3 vereda 3 del Barrio el Garabatal, Barquisimeto Estado Lara, (presenta causa P-2002-112, en la cual fue condenada a cumplir 6 años de prisión, detención domiciliaria), por la comisión del delito de: DISTRIBUCION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 149 en su Segundo Aparte de la Ley Orgánica de Drogas
Se admiten las pruebas presentadas por el Ministerio Publico, por considerar que las mismas son necesarias, ilícitas, legales, útiles y pert.....