Por todos los razonamientos anteriores este Juzgado Superior Civil, Mercantil y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por la representación judicial de la parte actora, contra la decisión dictada en fecha 09 de agosto de 2019, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar , con ocasión al juicio que por DESALOJO DAÑOS Y PERJUICIOS, interpusiera la ciudadana ADRIANA CHIODI CONTRA PANADERIA Y PASTELERIA CASACOIMA C.A, ambos identificados ut supra. Todo ello de conformidad con las disposiciones legales, doctrinarias y jurisprudenciales citadas y los artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil.
Queda CONFIRMADA la decisión cursante del 06 al 09, dictada de fecha 09 de agosto de 20.....