Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, es por lo que este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de acuerdo a lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil así como las disposiciones del código civil vigente, DECLARA "ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS" del fallecido FERNANDO ANTONIO MINGUET CELIS, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.700.048, fallecido el día 14/08/2020, en Unare II, Sector I, Vereda 48, Casa 1, Puerto Ordaz, Estado Bolívar, a consecuencia de DERRAME PLEURAL BILATERAL, LEUCEMIA AGUDA, según acta de defunción Nro. 334; a la ciudadana ANA BEATRIZ CHAPARRO DE MINGUET, venezolana, mayor de edad, titular.....