DECISION
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO HERES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR La demanda de Nulidad de Contratos, incoada por la ciudadana MARIA ISABEL CORASPE DE RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.867.945 de este domicilio, contra los ciudadanos OSCAR ANTONIO CORASPE y LEYKAR ALEXMAR MUÑOZ TORRES, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº V-17.839.799 y V-18.476.837 respectivamente, y en consecuencia, se declara la NULIDAD ABSOLUTA de los contratos contenidos en los documentos protocolizados por ante la Oficina Inmobiliaria de Registro del Municipio Heres del Estado Bolívar, el primero en fecha 06/06/2007, registrado bajo el Nº 28, tomo 2.....