DECLARA: ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el Abogado LEOPOLDO ANTONIO QUINTANA VELASQUEZ, en su condición de Defensor Privado, contra el auto dictado y publicado en fecha 11 de agosto de 2017, por el Tribunal Militar Primero de Control con sede en Caracas, Distrito Capital, mediante el cual decretó la Privación Judicial Preventiva de Libertad a los ciudadanos CARMEN MARIELA OROPEZA OCHOA, titular de la cédula de identidad N° V- 6.899.082 y ALEXANDER JOSE SANTANA ROMERO, titular de la cédula de identidad N° V- 18.608.902, en la causa que se les sigue por la presunta comisión de los delitos militares de TRAICION A LA PATRIA, previsto en el artículo 464 ordinal 25° y sancionado en el artículo 465, DE LA REBELION MILITAR, previsto en los artículos 486 ordinal 4° concatenado con el artículo 487 y sancionado en los artículos 479 y 477 ordinal 2° y SUSTRACCION DE EFECTOS PERTENECIENTES A LA FUERZA ARMADA, previsto y sancionado en el artículo 570, ordinal 1°, todos del Código .....