Visto los oficios números 1975/2012 y 1973/2012, de fechas 15/10/2012, suscritos por la Abg. Marjorie Portillo, en su condición de Directora del CRS "Insp. Rafael Ochoa Castro"; anexo a los que remite solicitud de permiso de Supervisión Especial para los penados residentes, {......} ; por cuanto dicha solicitud no se encuentra suscrita por los integrantes del Consejo de Evaluación, tal como lo establece el artículo 16 y 49 del Reglamento Interno de los Centros de Tratamiento Comunitario; principalmente el artículo 16 que reza lo siguiente: "CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DE EVALUACIÓN. Estará Integrado por: 1.- El Director, quien lo preside, 2.- Los Delegados de Prueba, 3.- El Promotor de Actividades Complementarias, 4.- Un (1) miembro del Personal de Custodia-Asistencial, y 5.- Cualquier otro miembro designado por el Director del Centro." Este Tribunal a los fines del pronunciamiento sobre el permiso solicitado, ordena oficiar a la Directora del Centro de Residencia Supervisad.....