REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION
Barquisimeto, 07 de noviembre de 2012
Años: 202° y 153º
ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2010-002673
Visto los oficios números 1975/2012 y 1973/2012, de fechas 15/10/2012, suscritos por la Abg. Marjorie Portillo, en su condición de Directora del CRS “Insp. Rafael Ochoa Castro”; anexo a los que remite solicitud de permiso de Supervisión Especial para los penados residentes, {……} ; por cuanto dicha solicitud no se encuentra suscrita por los integrantes del Consejo de Evaluación, tal como lo establece el artículo 16 y 49 del Reglamento Interno de los Centros de Tratamiento Comunitario; principalmente el artículo 16 que reza lo siguiente: “CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DE EVALUACIÓN. Estará Integrado por: 1.- El Director, quien lo preside, 2.- Los Delegados de Prueba, 3.- El Promotor de Actividades Complementarias, 4.- Un (1) miembro del Personal de Custodia-Asistencial, y 5.- Cualquier otro miembro designado por el Director del Centro.” Este Tribunal a los fines del pronunciamiento sobre el permiso solicitado, ordena oficiar a la Directora del Centro de Residencia Supervisada “Insp. Rafael Ochoa Castro”, a los fines que remita a este tribunal el Acta de Postulación suscrita por los integrantes del Consejo de Evaluación. Líbrese Oficio. Cúmplase.
LA JUEZA PRIMERA DE EJECUCIÓN
ABG. RUBIA CASTILLO DE VASQUEZ EL SECRETARIO, RCV.-